El pasado viernes 8 de marzo, el Gobierno presentó finalmente el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la protección social en la lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Entre las diferentes propuestas, destaca especialmente la obligación de implantar un sistema de registro de la jornada de los trabajadores en todas las empresas.
El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores exigirá, a partir de su entrada en vigor con la inminente publicación en el BOE del Real Decreto-ley, que todas las empresas registren el día a día de la jornada laboral que realizan todos sus empleados, debiendo figurar el horario de entrada y salida de cada trabajador y no sólo de aquellos contratados a tiempo parcial como hasta ahora.
Esta modificación implica que dichos registros deben quedar almacenados, a disposición de una inspección, durante cuatro años. Las sanciones, de consideración grave en el caso de no guardar dichos registros, alcanzan multas de hasta 6.250 €.
Por lo tanto parece necesario que las empresas se adapten al cambio, en un plazo de dos meses desde la publicación oficial, implementando sistemas que pueden ser manuales (incluso las hojas firmadas por la plantilla), pero que a efectos de guardar dichos registros durante cuatro años, parece más viable el uso de la tecnología existente y soluciones de control horario informatizadas.
Los cuadrantes horarios o calendarios laborales ya no son válidos como registro de la jornada y por tanto, las empresas deberán usar un sistema de registro, más allá de la forma en la que cada una se organice internamente.
El actual registro de la jornada de los trabajadores con contrato a tiempo parcial sigue vigente, debiendo las empresas informar a estos trabajadores de las horas realizadas. En aquellos sectores en los que los empleados trabajan a distancia o prestan servicios externos, los sistemas digitales y móviles, solucionarán en gran parte esta nueva exigencia de medición de la jornada laboral.
En STI CARD ayudamos a las empresas a cumplir y adaptarse a la nueva normativa. Nuestra gama de terminales biométricos VIRDI y la solución de software de control horario, TIME CLOUD, se adaptan perfectamente al nuevo panorama, permitiendo que los trabajadores registren su jornada laboral empleando la huella dactilar, el reconocimiento facial, la tarjeta RFID o incluso una clave numérica.
Además, el software TIME CLOUD permite una identificación inequívoca del trabajador y la posibilidad de fichar mediante un terminal VIRDI, web, app móvil o sistema de voz. La información de los registros horarios siempre está disponible tanto para el empleado, el empresario y la inspección de trabajo, detallando todas las horas extra en tramos configurables o en fechas concretas, incluyendo una bolsa de horas para regularizar las horas necesarias dentro del periodo que marca la Ley.
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